Que es la Tarjeta PRAIS y que en estos últimos tiempos se esta mencionando mucho en algunas Organizaciones del S.M.O. quienes prometen que se otorgara a ciudadanos que hicieron el Servicio militar entre los años 1973 al 2007.
SEGUNDO CAPITULO
1. Reparación en Salud
1.1. Según lo dispuesto en el artículo séptimo de la ley Nº 19.980, le corresponde al Estado, a través del Ministerio de Salud, hacerse cargo de las necesidades de salud allí descritas, respecto de las personas señaladas como beneficiarias por ese mismo artículo, en vista de las consecuencias que dichos actos violatorios provocaron en la salud de los afectados.
1.2. El Programa de Reparación y Atención Integral en Salud responde a las necesidades de reparación en salud y es por tanto, sólo una parte del conjunto de actos reparadores que asume el Estado orientados a la dignificación de las víctimas y a la consecución de una mejor calidad de vida para las familias más directamente afectadas.
1.3. La entrega de las prestaciones destinadas a cubrir las necesidades de salud establecidas en la ley, es de responsabilidad de los establecimientos que componen el Sistema Nacional de Servicios de Salud, o que estén adscritos al mismo, incluyendo los establecimientos de atención primaria municipal, así como los establecimientos experimentales de salud, por lo que deberá incorporar como una de sus prioridades la respuesta a las demandas de salud a los beneficiarios PRAIS.
2. Sentido de Reparación y Objetivos del PRAIS
2.1. La atención reparatoria en salud tiene su base en el reconocimiento del daño y/o el riesgo aumentado de daño en la salud de la población afectada, debido a que la tensión permanente a la que estas personas han estado sometidas, las ha hecho más vulnerables. Este daño y/o riesgo aumentado de daño tiene un carácter transversal y transgeneracional, es decir, se manifiesta en el grupo familiar completo y se transmite a las nuevas generaciones.
2.2. La reparación en salud debe considerar el hecho de que los problemas de salud física y mental de los afectados y sus familiares, revisten características especiales que los diferencian de los procesos de enfermedad que afectan a la población general.
2.3 Una condición necesaria para lograr el sentido reparador en la atención de salud consiste en la gratuidad de las atenciones a que se refiere la Ley N°18.469 en la Modalidad Institucional, que reciben los afectados y sus familiares.
2.4 El propósito del PRAIS, conforme al artículo séptimo de la Ley 19.980, es contribuir desde el sector salud a la reparación integral que requieren las personas afectadas por la represión y violencia política ejercida por el Estado en el período comprendido entre septiembre de 1973 y marzo de 1990 y que son beneficiarias del PRAIS y con los beneficiarios del artículo quinto de la Ley Nº19.965.
2.5 Los objetivos del Programa de Reparación y Atención Integral en Salud son:
a) Disminuir la prevalencia de las consecuencias en la salud de los beneficiarios PRAIS, derivadas de la violencia represiva
b) Reducir las complicaciones en salud física y mental detectadas en las personas beneficiarias PRAIS.
c) Contribuir a mejorar la calidad de vida de las personas beneficiarias PRAIS.